CNE analiza suspensión decretada por el TDLC de la condición de inflexibilidad y defiende que nueva norma técnica se orientó al "óptimo global del sistema"
Para el abogado que representa a las firmas que acudieron al organismo, con esta resolución, "el mercado eléctrico retornará a la normalidad mientras dura el juicio".
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Inquietud generó en la industria la resolución que emitió este jueves el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en que estimó necesario suspender -como medida cautelar- la aplicación de la denominada condición de inflexibilidad de la norma técnica para la programación y coordinación de la operación de unidades que utilicen GNL regasificado que fue aprobada el 13 de octubre para impedir "efectos negativos" y "resguardar el interés común".
Esto, luego de que el 6 de diciembre Eléctrica Puntilla e Hidromaule ingresaran una demanda en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE), al consagrar en favor de las empresas de generación que operan con gas natural licuado regasificado esta condición.
De esta manera, la medida es interpretada como un golpe para la CNE, considerando que después de un año de trabajo y debate con los diferentes actores habían logrado culminar este periplo con una nueva norma que -según aseguraron-evitaba el uso excesivo de inflexibilidades de GNL, situación que permite darle prioridad al uso de ese combustible, ante la falta de almacenamiento.
Al ser consultada por la decisión del organismo de la libre competencia, la CNE señaló que "estamos analizando lo informado por el TDLC para proceder en consecuencia dentro de los plazos correspondientes".
Según explicó, la entidad emitió una nueva norma técnica que reemplazó a la anterior, y que "se orientó al óptimo global de todo el sistema, por encima de las posiciones que representaban intereses particulares y que estaban, por un lado, por eliminar completamente las inflexibilidades y, por otro lado, por no hacer nada y dejar las inflexibilidades a voluntad de las empresas".
Mientras, el abogado del Estudio Bravo, Mario Bravo, quien representa a las firmas en el TDLC, valoró la medida decretada por el organismo "dado que existe presunción grave de lo que reclamamos y porque el Tribunal entendió que es necesaria para impedir que se sigan produciendo los efectos negativos de la aplicación de esta condición". Todo ello, agregó, "velando por el interés común, que no es otra cosa que garantizar condiciones de libre competencia en el mercado de generación eléctrica".
Para Bravo, con esta resolución, el mercado eléctrico retornará a la normalidad mientras dura el juicio, gracias a la pronta respuesta de la institucionalidad de libre competencia. "Teníamos la total confianza y certeza de que el TDLC atendería a la gravedad de la situación y valoramos el rigor jurídico con que actuó", dijo.
En tanto, el director ejecutivo de Asociación Chilena de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec), Rafael Loyola, indicó que como gremio están "muy satisfechos y esperanzados" con el otorgamiento de esta medida precautoria contra la CNE, porque "indica que a juicio del TDLC existen indicios serios y justificados en orden a que la condición de Inflexibilidad contenida en la norma técnica de 2021 constituye un grave atentado a la libre competencia".
En este sentido, el dirigente considera "lamentable" que la CNE no haya atendido ninguno de los argumentos planteados en su momento por Apemec, los demás gremios renovables, el Congreso y los realizados durante la misma consulta pública de la norma. Esto, ya que - según plantea- "justamente alertaban sobre el hecho de que algunos generadores pueden ejercer poder de mercado alterando los precios spot de la energía, saltándose el orden de mérito económico establecido en la ley y afectando a las generadoras renovables".
"Esperamos que el TDLC mantenga esta precautoria durante todo el proceso y, en definitiva, se condene a la CNE como infractor de la libre competencia, que es lo que en derecho correspondería", recalcó.
En la industria, algunas fuentes ya comentan que hoy hay GNL inflexible en Mejillones, hasta el 24 de diciembre.